¿Se puede cambiar el régimen actual para tributar en RESICO?
Existen algunas condiciones para que algunos regímenes puedan cambiarse a RESICO, sin embargo, deberán cumplir algunos requisitos.
Cómo resolverlo paso a paso
Arrendamiento
Incorporación Fiscal
Actividades Empresariales y Profesionales
Esto es posible siempre y cuando la totalidad de los ingresos percibidos en el ejercicio anterior no exceda de 3.5 millones de pesos.
No pagarás el impuesto sobre la renta (ISR) cuando tus ingresos efectivamente cobrados no excedan de novecientos mil pesos en el ejercicio, y acreditar el impuesto al valor agregado (IVA), siempre y cuando el gasto sea deducible.
No puedes optar por este régimen cuando:
Cuando seas socio, accionista o integrante de personas morales o cuando éstas sean partes relacionadas.
Seas residente en el extranjero con establecimiento permanente en el país.
Cuentes con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
Aplicas otros beneficios o estímulos fiscales, por ejemplo, estímulos fiscales de la región fronteriza norte y sur.
Percibes ingresos por supuestos que se asimilan a salarios como: Honorarios a miembros de consejo, directivos, de vigilancia, consultivos, a administradores comisarios y gerentes generales.
Consejo: Puedes revisar documentos relacionados en el portal del SAT para saber guías de llenado y formato.
Evita: Ten cuidado en generar el cambio de forma correcta