Cancelación de facturas: proceso, plazos y motivos válidos

Necesito cancelar una factura. ¿Cómo funciona ahora con CFDI 4.0? ¿El receptor debe aceptar?

Cómo resolverlo paso a paso

  1. Los emisores deben enviar la solicitud de cancelación de la factura a través del Portal del SAT o de los servicios un proveedor de certificación.
  2. Al momento de realizar la cancelación se deberán indicar los motivos de la cancelación conforme a las siguientes claves: “01” Comprobantes emitidos con errores con relación; “02” Comprobantes emitidos con errores sin relación; “03” No se llevó a cabo la operación; o “04” Operación nominativa relacionada en una factura global.
  3. En caso de realizar la sustitución del comprobante, se deberá señalar la clave “01” Comprobantes emitidos con errores con relación, así como manifestar el folio fiscal del comprobante que lo sustituye.
  4. Cuando se requiere la aceptación para cancelar una factura, el receptor recibe un mensaje de interés en su Buzón Tributario, donde se le informa que existe una solicitud de cancelación.
  5. El receptor debe aceptar o rechazar la cancelación a través del Portal del SAT, o de un proveedor de certificación, dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud. De no emitir una respuesta, se considera como una aceptación y la factura se cancela.
  6. En caso de que la solicitud de cancelación no requiera aceptación por parte del receptor, la factura se cancela de manera inmediata.
Consejo: Asegúrate de conocer los casos en que no se requiere la aceptación del receptor para cancelar una Factura. Recuerda tener a la mano los datos de identificación de la factura como folio fiscal para buscarla más rápido en el sistema del SAT. Si eres PAC esta información también te será útil: https://www.sat.gob.mx/minisitio/Factura/documentos/cancelacion/ar_aceptacion_rechazo.pdf
Evita: Recuerda que solo puedes cancelar facturas en el mes en el que se generaron.

Recurso oficial del SAT

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